Testamento Urgente

Testamento Urgente

Solución fácil para hacer tu última voluntad u otorgar poderes

Solución fácil para plasmar tu última voluntad u otorgar poderes, sin descuidar el asesoramiento necesario.
Como abogados especializados, agilizamos y simplificamos la creación de testamentos y la obtención de documentos legales importantes para la gestión y tramitación de herencia

Testamentos

Testamentos

Preparación y redacción de testamentos a mano, notariales, en su domicilio, vitales y digitales

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Gestión de la Herencia

Gestión de la Herencia

Gestión de testamentos, aceptación de la herencia y búsquedas de seguro de vida

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Poderes

Poderes

Tramitación de poderes preventivos, generales y específicos

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Testamentos

Testamento a Mano

Testamento a Mano

Estos testamentos son escritos a mano por el testador y no requieren la presencia de un notario. Nos aseguramos de que su testamento a mano cumpla con los requisitos legales para que sea válido, enviándote un borrador para que puedas transcribirlo de tu puño y letra.

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Testamento Notarial

Testamento Notarial

Nos encargamos de estudiar tu situación personal y patrimonial, para crear un testamento único y a medida con tus deseos. Redactamos cuidadosamente cada detalle de tu testamento y nos ponemos en contacto con un notario de tu zona para que solo deba acudir y firmar, mientras nuestros abogados se ocupan de todo lo demás.

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Testamento en Casa

Testamento en Casa

En caso de que no te puedas desplazar, nuestro equipo se encarga de confeccionar tu testamento y preparar las gestiones necesarias para que el Notario se desplace a tu casa y tu puedas firmar tu testamento desde tu domicilio.

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Testamento Vital

Testamento Vital

Los testamentos vitales nos permiten expresar nuestros deseos en relación con tratamientos médicos y decisiones importantes sobre la salud en caso de estar incapacitado y no poder tomar tus propias decisiones. Ofrecemos una amplia selección de cláusulas y directivas para que puedas plasmar en tu testamento vital.

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Testamento Digital

Testamento Digital

Preparamos testamentos para la distribución de activos y propiedades digitales, así como la gestión de cuentas en línea, y presencia digital después del fallecimiento. Nuestro servicio está diseñado para planificar y organizar en caso de fallecimiento cómo deseas que se manejen tus perfiles en redes sociales, archivos en la nube, dominios web, criptomonedas, y otros bienes virtuales.

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Testamento Cerrado

Testamento Cerrado

El testamento cerrado es una forma de testamento que consiste en que el testador lo entrega en un sobre sellado al Notario, quien no tiene permitido abrirlo ni leerlo. Garantiza la mayor confidencialidad.

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Pacto Sucesorio

Pacto Sucesorio

El pacto sucesorio o sucesión contractual nos ofrece un contrato blindado entre los miembros de una familia, mediante el cual se acuerda de manera anticipada la forma en que se distribuirán los bienes y activos después del fallecimiento de la persona que lo otorga.

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Gestión de la Herencia

Obtención del Testamento

Obtención del Testamento

Facilitamos la obtención de certificados de última voluntad. Son documentos legales que nos proporcionan información sobre la existencia o no de un testamento y su ubicación. Una vez que localizamos el testamento, realizamos las gestiones y trámites necesarios para que puedas acceder a él

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Aceptación de la Herencia

Aceptación de la Herencia

Nos encargamos de todas las gestiones y trámites necesarios para llevar a cabo la aceptación de la herencia, la liquidación de impuestos y la inscripción de todos los bienes en los Registros pertinentes. Tu sólo debes preocuparte por firmar.

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Localización Seguros de Vida

Localización Seguros de Vida

Proporcionamos asistencia en la obtención de certificados de cobertura de seguros. Estos documentos nos informan sobre la existencia o no de seguros contratados por el fallecido, así como detalles específicos sobre cada una de las pólizas.

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Poderes

Poderes Preventivos

Poderes Preventivos

Ofrecemos asesoramiento personalizado y preparamos tus poderes preventivos, designando a una o varias personas para que te represente/n legalmente, tomando decisiones y protegiendo tus intereses, en situaciones donde no puedas hacerlo por ti mismo.

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Poderes Generales

Poderes Generales

Te ayudamos y asesoramos en la preparación de tus poderes generales designando a la persona/s (apoderados) como representantes, para que pueda/n actuar en tu nombre en todos o en aquellos asuntos que decidas.

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Poderes Específicos

Poderes Específicos

Preparamos poderes especiales, para que puedas otorgar a tu/s representante/s la autoridad para actuar en tu nombre en uno o más asuntos específicos, limitando su actuación a lo estrictamente establecido en el poder.

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Preguntas más Frecuentes

Respondemos a las preguntas más solicitadas

El poder notarial es un documento legal que permite autorizar a una persona (apoderado) a actuar en nombre de otra (poderdante). Con este documento podemos realizar trámites legales en ausencia del poderdante.
La diferencia entre ambos poderes se encuentra en la amplitud de los poderes concedidos. El general permite otorgar poderes amplios y generales, mientras que el especial limita los poderes a acciones específicas.
Sí, la ley permite que podamos otorgar poderes notariales específicos para el caso en que perdamos nuestras facultades o capacidades mentales. Con este poder, podemos designar a personas de nuestra confianza para que tomen aquellas decisiones médicas y/o legales en nuestro nombre, en caso de que llegáramos a perder la capacidad de hacerlo por nosotros mismos.
Sí, el poderdante puede revocar el poder notarial puede cualquier momento, siempre y cuando tenga capacidad legal para hacerlo.
La duración del poder notarial puede ser decidida por el poderdante y puede ser específica/concreta, limitada por un periodo determinado o indefinido.
Sí, puedes nombrar a uno o más representantes. En el supuesto de que quisieras designar a varios, cabe la posibilidad de que puedan actuar de manera independiente los unos de los otros (apoderados solidarios), o bien cabe la posibilidad de que, para cualquier actuación o ciertas acciones específicas, requieran la actuación conjunta de todos o algunos de los designados (apoderados mancomunados).
No siempre es obligatoria, dependiendo del poder, pero lo cierto es que puede ser recomendable para garantizar la publicidad y la oponibilidad frente a terceros.
Los poderes realizados en España tienen reconocimiento internacional siempre que sean legalizados o apostillados. Esa apostilla otorga al poder una certificación de autenticidad.
No, la copia simple no acredita que ese testamento haya sido el último que ha realizado el difunto. Para ello necesitarás obtener el certificado de últimas voluntades
Para obtener la copia auténtica del testamento, generalmente deberemos acudir al notario o colegio de notarios. Para poder solicitarlo deberás aportar una serie de documentación como es el certificado de últimas voluntades, certificado de defunción y documento de identidad del solicitante
El certificado de últimas voluntades es un documento expedido por el Registro General de Actos de Última Voluntad. Este documento nos permite comprobar si la persona fallecida otorgó o no testamento y, en caso de haberlo otorgado, en qué notaría se encuentra depositado.
El certificado de cobertura de seguros es el documento que nos confirma la existencia o no de un contrato de cobertura de seguro. Es importante para identificar si el difunto disponía de algún seguro vigente, ya que podría tener implicaciones en la herencia.
El testamento es el documento legal que nos permite establecer cómo queremos que se distribuyan nuestros bienes y propiedades después de nuestro fallecimiento. Es muy importante hacer un testamento, no sólo para que el destino de tus bienes se cumpla según tus deseos, sino para minorizar el impacto fiscal a tus herederos y evitar conflictos entre los mismos.
En España la edad mínima para hacer un testamento es de 14 años y solo podrá realizar testamentos notariales. En el caso de los testamentos ológrafos, la edad mínima es de 18 años.
Existen varios tipos diferentes de testamentos, cada uno con sus requisitos y formalidades:
- Testamento abierto es el más habitual, el testador manifiesta su última voluntad ante el Notario.
- Testamento cerrado, el testador entrega un sobre cerrado al notario con sus últimas voluntades.
- Testamento ológrafo es aquél que está escrito del puño y letra del propio testador.
- Testamento vital o voluntades anticipadas, es un instrumento legal que nos permite a expresar nuestros deseos y decisiones sobre tratamientos médicos y cuidados en caso de enfermedad o incapacidad.
- Testamento digital, el testador establece la distribución de activos y propiedades digitales, así como la gestión de cuentas en línea, y presencia digital después del fallecimiento.
- Testamentos especiales: militar, marítimo y hecho en país extranjero
Nada en especial, solo saber qué es lo que realmente desea para sus herederos, para que los profesionales puedan ayudarle a recogerlo en un documento legal
Para el testamento vital, a diferencia del resto, necesitamos acompañar la fotocopia de tu tarjeta sanitaria, así como el número de identificación y de teléfono de la persona o personas que desees designar.
Sí, puedes modificarlo en cualquier momento y tantas veces como quieras o bien puedes revocarlo, solo deberás tener capacidad legal para hacerlo.
En tal caso, tus bienes se distribuirán según las leyes de sucesión intestada que existan en tu jurisdicción en el momento de tu defunción, lo que en ocasiones no coincide con nuestros deseos.
Sí, puedes dejar todos o algunos de tus bienes a personas o instituciones benéficas en tu testamento. Puedes incluir disposiciones específicas para donar a organizaciones sin fines de lucro o caritativas, es lo que actualmente se conoce con el nombre de Testamentos Solidarios.
En aquellos supuestos en los que uno de tus beneficiarios en el testamento haya fallecido antes que tú, se aplicarán las disposiciones de sustitución que hayas incluido en tu testamento y, en caso de no existir se seguirán las leyes de la sucesión intestada.
Sí, se puede desheredar en testamento a lo hijos y los padres. La desheredación debe ser expresa, no basta con que el testador exprese su voluntad de desheredar en testamento, sino que debe hacer constar la causa legal que lo justifica.
Sí, es muy importante designar en el testamento la persona o personas que queremos que se encarguen de ellos y de administrar sus bienes si nosotros no estamos.